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Sab20042024

Última actualización09:36:03 AM GMT


El Tribunal Constitucional da el visto bueno a los puntos más flagrantes de las últimas reformas laborales

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  • El TC respalda los periodos de prueba por un año
  • También respalda la modificación de la jerarquía de los convenios colectivos: primará el convenio de empresa 
  • El tercer punto es permitir que un órgano, la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos actúe de árbitro en los conflictos

 

Aunque la decisión del Tribunal Constitucional se conocía desde hace una semana no ha sido hasta ahora cuando hemos sabido los votos particulares de cada magistrado y su fundamentación.

Por 9 votos a favor y 3 en contra el TC ha ratificado algunos de los puntos más sangrantes de las últimas reformas laborales. En primer lugar respalda la legalidad de períodos de prueba por un año en los contratos. Es decir, durante un año el empresario puede rescindir el contrato sin causa alguna y el trabajador no recibe indemnización.

El segundo punto es la modificación de la jerarquía de los convenios. El TC ha ratificado un cambio sustancial: el convenio de empresa prima sobre el convenio sectorial. Este punto que puede parecer nimio tiene gran importancia en las luchas sindicales: significa que tendrá primacía lo que ponga en el convenio de empresa (por ejemplo, en el convenio de Minerplan) por encima del convenio sectorial (en nuestro ejemplo, el Convenio Sectorial de Minas de León) Esto supone un varapalo para la lucha sindical pues la presión que pueden hacer los trabajadores de una empresa es menor que el trabajo que pueden hacer los trabajadores de todo un sector entero.

Finalmente se establece a la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos (CNCC) órgano autónomo formado por sindicatos, patronal y Ministerio de Empleo como el órgano que decidirá en casos de controversias por descuelgue de convenio.

La lucha de clases se manifiesta claramente en ejemplos como éste. Los 9 magistrados que votaron a favor tienen muy claro a qué clase social pertenecen y qué intereses defienden pues fundamentan su decisión en las ventajas sociales que tiene la liberalización del mercado laboral. Los otros tres magistrados defienden la otra cara de la moneda de la burguesía. En sus escritos no defienden una posición de clase proletaria sino una posición burguesa progresista basada en conceptos poco sospechosos de ser soviéticos tales como ‘el Estado social y de derecho’.

Estas medidas van a tener especial relevancia en la juventud, que es quien más va a sufrir estos contratos de despido gratuito y quienes tendrán que luchar por mejoras laborales en el marco del convenio de empresa.

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