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Mar19032024

Última actualización09:36:03 AM GMT


Qué derechos tenemos aunque no firmemos el contrato

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El hecho de que no hayamos firmado contrato, no significa que el empresario deje de estar obligado a proporcionarnos las condiciones laborales establecidas por ley. De hecho, si no hay firma de contrato, se presupone la existencia de un contrato indefinido y a tiempo completo, lo cual seguramente no guste a nuestro patrono.

El paro del 60% entre la juventud es usado por la patronal para extender la temporalidad y los bajos salarios entre la juventud, que muchas veces cobra en "negro", sin firma de contrato, para que así el patrono reduzca gastos. Pero esta situación de cobro en "negro" desprotege totalmente al trabajador, que ni siquiera cotizará a la Seguridad Social.

En numerosas ocasiones, los jóvenes tenemos que aceptar trabajar sin contrato para poder acceder a un empleo.

El objetivo de este artículo, es acercar a la juventud cuales son las condiciones legales de este trabajo y como podemos utilizarlas en nuestro favor.

Para empezar, la ausencia de un contrato escrito no implica de ningún modo la ausencia de relación laboral.

El artículo 8 del Estatuto de los Trabajadores nos dice que existe libertad de forma para el contrato de trabajo, es decir, que es tan valido un contrato escrito como uno de palabra.

Pero esto no es algo ilimitado, y existen determinados contratos que deben tener forma escrita, tales como contratos en prácticas, contratos para la formación, contratos a tiempo parcial, contrato de obra o servicio determinado, contrato de trabajo a domicilio, contratos de inserción, etc.

En definitiva, prácticamente la totalidad de los contratos que tenemos los jóvenes deben tener obligatoriamente la forma escrita.

Sin embargo, y como ya sabemos, la burguesía es la primera en atropellar sus propias leyes y el incumplimiento de esto es una constante, pero ¿Cuál es la consecuencia?

El propio artículo 8 nos da la solución cuando dice que: "De no observarse tal exigencia, el contrato se presumirá celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite su naturaleza temporal o el carácter a tiempo parcial de los servicios."

De este modo, en caso de que la Inspección de Trabajo acuda a nuestro puesto de trabajo (esto puede ser ante una denuncia de carácter anónimo o en una inspección ordinaria, aunque esta última es altamente improbable en los pequeños centros de trabajo) y nos encuentre en nuestro puesto de trabajo, la consecuencia será que nuestro contrato sin firmar se convertirá en un contrato indefinido a tiempo completo y será nuestro jefe el que tenga que demostrar que las condiciones son otras.

Aun con esto, no podemos fiarnos ni lo mas mínimo de la legalidad burguesa, porque como parte fundamental del Estado, la ley no es algo que vale para todos igual, sino que legitima y protege los intereses de la patronal, y en el caso del derecho laboral, refleja la correlación de fuerzas que se da en un momento determinado entre las fuerzas del capital y las fuerzas de los trabajadores.

Si esto ocurre, nuestro jefe se encontrará con una multa y el marrón de tener impuesto un contrato indefinido a tiempo completo, con la obligación de cumplir todas las obligaciones de seguridad social que conlleva y que en el 99% de los casos no habrá cumplido, y por supuesto, esto no le hará ni pizca de gracia.

Ante esto, lo mas probable, es que base su estrategia en dos frentes:

El primero y principal, en demostrar que tú no trabajas allí y solo eres un amigo o un familiar que ha ido a echar una mano, porque eso significaría que no hay relación laboral, y que por tanto, no hay sanción por tenerte sin contrato.

Para esto, será primordial tu colaboración, y aquí es donde te toca valorar a ti, si vas defender tus intereses y negarte a mentir, entrando en oposición directa con tu jefe y enfrentando de manera decidida las represión laboral que eso conllevará, o si vas a intentar salvarle el culo a tu jefe, esperando una piedad que con toda seguridad no llegará, porque para el, será mejor despedirte sin ningún tipo de indemnización, no vaya a ser que la inspección de trabajo vuelva a darse una vuelta por tu trabajo y te encuentra "echando una mano".

Si esto falla, o si ve que no va poder demostrar que no eres su amigo sino su empleado, tratará de demostrar por todos los medios que tu no trabajas allí 8 horas todos los días (trabajes una hora, cinco o doce) para evitar tener que despedirte con una indemnización mayor.

De este modo, los trabajadores que nos encontremos en esta situación tenemos que hacer varias cosas para cubrirnos las espaldas.

En el aspecto legal, todos podemos recabar pruebas de que estamos trabajando sin contrato en un centro de trabajo. Fotos en nuestro puesto de trabajo, clientes que nos conozcan y con los que tengamos buen trato, nuestros propios compañeros, demostrar los ingresos periódicos, etc.

Pero lo mas importante, es el aspecto organizativo y de combate, y aquí los Comités para la Unidad Obrera juegan un papel fundamental.

Sólo con una plantilla unida en torno a sus intereses como trabajadores podrá hacer frente a cualquier ataque de nuestro jefe. Si en una situación como la que hemos descrito, nuestros compañeros se posicionan de nuestro lado, lo mas probable es que conservemos nuestro trabajo.

Este artículo es solo informativo, en caso de que te veas envuelto en un problema legal, acude a un abogado.

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